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Preguntas frecuentes
Las obras sociales son agentes del seguro de salud. Tienen que cubrir todas las prestaciones del Programa Médico Obligatorio y los medicamentos que esas prestaciones requieran.
Luego de estar de ALTA en la Obra Social, se accede a la posibilidad de obtener Ordenes de Consulta para Atención médica.
Para mejorar la atención de los pacientes y siguiendo las direcciones recomendadas de Atención primaria para la Salud, principalmente se pueden acceder a Clínica Médica, Ginecología, Pediatría y Clínica Quirúrgica.
Luego dependiendo de los profesionales se harán la derivaciones a los especialistas correspondientes a los diagnósticos.
En las delegaciones de la Obra social Contamos con las Ordenes de Urgencia que son utilizadas para ser atendidos en aquellas instituciones que tienen servicio de Guardia. Es importante contar con esas órdenes para poder acceder a la atención de urgencia. En caso de no contar con la orden deberá dirigirse a un hospital público.
Por favor comunicarse con la delegación de su ciudad para más información.
Las ordenes de atención, los estudios complementarios y las determinaciones de laboratorio tienen un valor de copago que es actualizado según Superintendencia de Salud.
Es una canasta básica de prestaciones obligatorias para todas las prepagas y obras sociales. Son las obligaciones que toda obra social o prepaga tiene que cubrir como mínimo en cualquiera de sus planes. Podés consultarlo en el sitio de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Actualmente las prestaciones habilitadas son:
- Plan Materno Infantil.
- Programas de prevención de cánceres femeninos.
- Odontología.
- Salud mental.
- Salud sexual y reproductiva.
- Rehabilitación.
- Medicamentos.
- Cuidados paliativos.
- Hemodiálisis y Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria.
- Otoamplífonos.
- Anteojos.
- Prótesis y órtesis.
- VIH/SIDA.
- Adicciones.
- Enfermedades poco frecuentess.
Para conocer el detalle completo de las prestaciones mencionadas hacé click acá.